Complemento por hijos en las pensiones: claves legales para entender quién puede solicitarlo y cuánto se percibe

Derecho Laboral y Seguridad Social

Te explicamos de forma clara y actualizada quién puede solicitar este complemento, en qué consiste y cómo hacerlo correctamente.

28.8.2025
por
Cristina Millara

Desde febrero de 2021, el sistema de pensiones español incluye un complemento económico por cada hijo para aquellas personas que acceden a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad. Esta medida busca corregir la brecha de género en las pensiones, especialmente motivada por el impacto que la maternidad —y en ciertos casos también la paternidad— tiene sobre la carrera laboral.

A continuación, te explicamos de forma clara y actualizada quién puede solicitar este complemento, en qué consiste y cómo hacerlo correctamente.

¿Quién puede beneficiarse del complemento?

Aunque el complemento está dirigido principalmente a mujeres, en atención a su mayor afectación profesional tras la maternidad, los hombres también pueden solicitarlo si demuestran que su carrera laboral se vio perjudicada por el nacimiento o adopción de hijos.

Además, puede reconocerse en casos de viudedad, siempre que el progenitor superviviente tenga hijos comunes con la persona fallecida, y al menos uno perciba pensión de orfandad.

En resumen, pueden solicitarlo:

  • Mujeres y hombres con uno o más hijos, nacidos o adoptados, que accedan a una pensión contributiva a partir del 4 de febrero de 2021.
  • Solo uno de los progenitores puede recibir el complemento. En caso de que ambos lo soliciten, se asignará a quien perciba una pensión de menor cuantía.
  • Se excluye a progenitores condenados por violencia de género, violencia contra menores o privados de la patria potestad.

¿Qué cantidad se percibe?

El importe se actualiza cada año, en línea con la revalorización de las pensiones contributivas. Las cifras vigentes son:

  • En 2024:
    • 33,20 € mensuales por cada hijo.
    • Hasta un máximo de 4 hijos.
    • Tope mensual total: 132,80 €.
  • En 2025:
    • 35,90 € mensuales por cada hijo.
    • Hasta un máximo de 4 hijos.
    • Tope mensual total: 143,60 €.
  • Se abona en 14 pagas, salvo en pensiones con pagas prorrateadas (en cuyo caso se paga en 12 mensualidades). Este complemento no computa como ingreso a efectos del complemento a mínimos, y se añade incluso en caso de pensión máxima.

    ¿Y si soy hombre?

    Inicialmente, el acceso al complemento por parte de los hombres estaba condicionado a acreditar un perjuicio claro en su carrera profesional tras la paternidad. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró estos requisitos como discriminatorios.

    Esto ha supuesto una importante apertura legal para que los padres puedan solicitar el complemento en igualdad de condiciones que las madres, sin requisitos adicionales injustificados.

    Requisitos clave para su solicitud

    Para acceder al complemento, deben cumplirse los siguientes requisitos:

    • Estar afiliado a la Seguridad Social.
    • Acceder a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
    • Tener hijos nacidos vivos o adoptados registrados en el Registro Civil.
    • Solicitar el complemento junto con la pensión. No se reconoce de forma automática ni puede pedirse con carácter retroactivo si no se incluyó al solicitar la pensión.

    ¿Cómo se solicita?

    La solicitud debe realizarse junto con la pensión correspondiente, a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM) en caso de trabajadores del mar.

    Puede presentarse:

    • Presencialmente, en una oficina del INSS con cita previa.
    • Telemáticamente, a través de cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.

    Es importante marcar la casilla correspondiente en el formulario de pensión y adjuntar el Libro de Familia o certificado de nacimiento o adopción de los hijos.

    ¿Hasta cuándo estará vigente?

    El complemento seguirá abonándose mientras la brecha de género en las pensiones supere el 5 %, de acuerdo con el informe anual del Gobierno. Su continuidad y cuantía se revisan en cada Ley de Presupuestos Generales del Estado.

    Conclusión

    Este complemento representa una herramienta relevante para corregir desigualdades históricas en el sistema de pensiones y garantizar una mayor equidad entre hombres y mujeres. Desde Navarro, asesoramos tanto a particulares como a empresas en la correcta interpretación y solicitud de prestaciones sociales y pensiones contributivas. Si necesitas ayuda para valorar tu caso o tramitar el complemento, nuestro equipo puede ayudarte.

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