
El RD 483/2025 activa el Fondo de Compensación por Amianto, con ayudas a víctimas por exposición laboral, doméstica o ambiental.
El Real Decreto 483/2025, publicado en el BOE el 18 de junio, activa el desarrollo reglamentario del Fondo Estatal de Compensación para las Víctimas del Amianto, una medida prevista en la Ley 21/2022. Por primera vez en España, se establece un procedimiento específico de compensación económica para personas afectadas por exposición al amianto, ya sea en el entorno laboral, doméstico o ambiental.
¿Quién puede acceder a la compensación?
El reglamento establece los criterios de elegibilidad para acceder al fondo. Pueden solicitar la compensación:
- Personas con enfermedades profesionales reconocidas vinculadas al amianto.
- Afectados que cuenten con sentencias firmes indemnizatorias no ejecutadas por insolvencia del responsable.
- Quienes padezcan patologías como mesotelioma, cáncer de pulmón o laringe, o asbestosis, siempre que estén inscritos en el Registro de Trabajadores Expuestos al Amianto (RETEA).
- Familiares de víctimas, en determinados supuestos.
La cuantía puede alcanzar hasta 96.621 euros, según la enfermedad reconocida. Solo se permite una indemnización por víctima, y el derecho a solicitarla prescribe a los cinco años desde el diagnóstico o la sentencia.
Procedimiento: dos fases clave
El proceso para acceder a las compensaciones se divide en dos etapas:
- Certificación médica especializada, emitida por los equipos de valoración autonómicos.
- Solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que dispone de un plazo de seis meses para resolver.
A partir del 18 de septiembre de 2025, se podrán presentar solicitudes para casos con enfermedad profesional reconocida. En otros supuestos, se requerirá una habilitación presupuestaria específica para su tramitación.
Implicaciones para las empresas
Este nuevo marco no solo protege a los afectados, sino que también obliga a las empresas a revisar su historial de exposición laboral al amianto. Las compañías deben:
- Verificar si existen registros de exposición (RETEA) de trabajadores actuales o pasados.
- Revisar si hubo sentencias no ejecutadas por insolvencia de proveedores o subcontratas relacionadas.
- Evaluar posibles responsabilidades subsidiarias, especialmente si operaron en sectores como la construcción, astilleros, ferrocarril o industria química.
Además, es recomendable actualizar protocolos internos de prevención y gestión documental, para anticiparse a futuras reclamaciones o solicitudes de información por parte de afectados o sus familias. Desde Navarro, ofrecemos asesoramiento jurídico integral para orientar tanto a personas afectadas como a empresas potencialmente implicadas en este nuevo marco legal.
- Particulares y familias: Identificamos si cumples los requisitos, reunimos la documentación médica y legal necesaria, y te representamos ante el INSS.
- Empresas: Evaluamos riesgos legales, revisamos sentencias previas, y diseñamos planes de actuación conforme a la normativa vigente.
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