
Defensa con éxito ante el TEAC de un grupo empresarial, logrando el reconocimiento del régimen de neutralidad fiscal en una reestructuración y evitando así una elevada carga fiscal.
El problema
Un grupo empresarial nacional con filiales en los sectores industrial y de servicios llevó a cabo una operación de reestructuración societaria que incluía una fusión intragrupo y la aportación no dineraria de una rama de actividad a una sociedad holding de nueva creación, acogida al régimen especial de neutralidad fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
La AEAT, en un procedimiento de comprobación posterior, denegó la aplicación del régimen especial, al considerar que no existían motivos económicos válidos y que el objetivo principal era el diferimiento de tributación. Se dictó liquidación por el Impuesto sobre Sociedades y se impuso una sanción derivada de la supuesta aplicación incorrecta del régimen.
La solución
Asumimos la defensa integral del grupo en vía económico-administrativa, interponiendo una reclamación ante el TEAC, con argumentos centrados en:
- La existencia real de una rama de actividad operativa, debidamente delimitada funcional y contablemente.
- La motivación económica de la reestructuración: simplificación del grupo, mejora en la gestión financiera y separación de riesgos.
- Jurisprudencia del TJUE y doctrina de la Dirección General de Tributos sobre el concepto de motivos económicos válidos.
- Vulneración del principio de seguridad jurídica por parte de la Administración al modificar su propio criterio.
El resultado
El TEAC estimó íntegramente la reclamación, revocando la liquidación y la sanción impuesta por la AEAT. En su resolución, el Tribunal avaló tanto la aplicación del régimen especial como la existencia de motivos económicos válidos, subrayando la correcta planificación fiscal del grupo y la actuación diligente de sus asesores.
Gracias a esta resolución, el cliente evitó una carga fiscal superior a 2.000.000 euros y se consolidó un criterio interpretativo favorable aplicable a futuras operaciones similares.
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